El reciente decreto 847/2024 emitido por el gobierno de Javier Milei ha dejado a muchos sorprendidos y preocupados. Este documento oficializa la reforma laboral que ya había sido aprobada por el Congreso y establece las bases para un sistema que, según críticos, promueve la explotación empresaria y reduce drásticamente los derechos de los trabajadores.
Después de semanas de intenso trabajo, el Ministerio de Desregulación, liderado por Federico Sturzenegger, elaboró meticulosamente un documento que fue publicado en el Boletín Oficial. Este decreto da luz verde a nuevos mecanismos que facilitan, entre otras cosas, la posibilidad de despedir sin causa justificada, pagar sueldos bajos, eludir el pago de indemnizaciones y la no obligación de registrar a los empleados.
Colaboradores y la nueva figura laboral
Una de las principales novedades es la introducción de la figura del “colaborador”. Con esta figura, los empleadores podrán contratar hasta tres trabajadores sin que se genere una verdadera relación de dependencia. Cada “colaborador” deberá presentar una declaración jurada ante la AFIP que demuestre la inexistencia de un vínculo laboral con el empleador.
Beneficios para las empresas
Denominada como “promoción de empleo registrado”, esta reforma permite a los empleadores evitar sanciones y multas por tener empleados no registrados. Se eliminará también el Registro de Sanciones Laborales (Repsal), cancelando así las deudas acumuladas por impagos de aportes y contribuciones. Además, las pequeñas y medianas empresas se beneficiarán con tarifas diferenciadas de pago de deudas, y aquellos que realicen pagos al contado podrán obtener descuentos significativos.
Nueva modalidad para las indemnizaciones
La reforma introduce el Fondo de cese laboral, que se convierte en una alternativa al pago de indemnizaciones. Se podrá optar por distintas modalidades: una cancelación individual directa entre el trabajador y el empleador, un fondo de cese individual en el que el trabajador solo podrá acceder a los fondos si es despedido, o un seguro de cese laboral con aseguradoras autorizadas.
Período de prueba extendido
Otro de los aspectos importantes de esta reforma es la extensión del período de prueba de 6 a 8 meses, e incluso hasta un año para empresas más pequeñas. Durante este tiempo, los trabajadores no estarán considerados como tales; recibirán remuneraciones mínimas y no tendrán derecho a indemnización en caso de despido. Esto significa que podrán ser desvinculados sin justificación, lo que limita severamente sus derechos laborales.
La implementación de esta reforma laboral genera inquietud sobre el futuro del trabajo en el país, y si realmente se favorece un entorno de trabajo equitativo y justo o si, por el contrario, se crea un escenario donde prevalece el beneficio empresarial a expensas de los derechos fundamentales de los trabajadores.